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La Nación: La ley HB 693 firmada por Ron DeSantis en Florida que aplica la pena de muerte para algunos delitos
05/10/2025
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La ley HB 693 de Florida, firmada por Ron DeSantis, amplía la pena de muerte a nuevos delitos. El cambio introduce un factor adicional al veredicto del jurado.
Florida aprobó una de las medidas más duras en materia penal de los últimos años. Con la firma del gobernador Ron DeSantis, la ley HB 693 entró en vigor este 1° de octubre para ampliar los escenarios en los que un jurado puede recomendar la pena capital. La norma introduce un nuevo factor agravante que cambia el modo en que los tribunales evaluarán ciertos crímenes, especialmente aquellos cometidos en contextos colectivos. Qué establece este cambio en la legislación de la pena de muerte en FloridaLa HB 693 se aprobó en mayo pasado con la intención de modificar la sección 921.141 de los Estatutos de Florida, que regula los delitos capitales. El texto agrega un párrafo específico a la lista de factores que un jurado debe tener en cuenta para recomendar la pena de muerte. Según la nueva redacción, será considerado un agravante el hecho de que “la víctima del delito capital estuviera reunida con una o más personas para una actividad escolar, religiosa o una reunión pública de gobierno”.La medida fue sancionada por la Legislatura y rubricada por DeSantis el 22 de mayo de 2025. Tal como establece el documento oficial, entró en vigor este 1° de octubre de 2025. De este modo, Florida amplía los supuestos bajo los cuales se puede justificar la imposición de la pena máxima en el sistema judicial estatal.Cómo funciona el proceso de sentencia para delitos capitales en FloridaLas condenas por delitos capitales ya contaban con un esquema riguroso en el Estado Soleado. De acuerdo con el artículo 775.082 de los Estatutos de Florida, quien es declarado culpable de un "capital felony" puede recibir la pena de muerte si así lo determina un jurado tras un proceso de sentencia. En caso contrario, la persona debe ser condenada a prisión perpetua sin derecho a libertad condicional, tal como explica el análisis de la Cámara de Representantes.El procedimiento está regulado en detalle por la sección 921.141. Allí se estipula que el jurado debe encontrar de manera unánime al menos un factor agravante probado más allá de toda duda razonable. Una vez establecido, los miembros deliberan si esa agravante supera a las circunstancias atenuantes que pudieran presentarse. Para recomendar la pena de muerte, al menos ocho de los 12 jurados deben pronunciarse a favor. Si no se alcanza ese número, la única opción es la cadena perpetua.Por su parte, el juez está obligado a evaluar cada agravante que el jurado haya considerado probado y confrontarlo con los factores atenuantes, antes de emitir la sentencia final. Aunque los magistrados conservan la potestad de imponer prisión perpetua aun cuando el jurado sugiera la pena capital, la norma reforzó el rol de los ciudadanos en estas decisiones extremas.Factores agravantes y atenuantes en los delitos, según la legislación de FloridaAntes de la incorporación de la HB 693, los factores agravantes incluían una amplia lista de circunstancias, como por ejemplo: Haber cometido el delito durante un robo, secuestro o violación.Haber creado un gran riesgo de muerte para varias personas.Haber asesinado a un funcionario público en ejercicio de sus funciones.Haber actuado de manera especialmente cruel y premeditada. También se sumaban condiciones específicas, como la pertenencia del acusado a una organización criminal o el hecho de que la víctima fuera un menor de 12 años o un adulto mayor vulnerable.Con la modificación, se suma el escenario en el que las víctimas se encontraban en entornos colectivos de alto valor social, como la escuela, un templo religioso o un acto de gobierno. Este cambio busca, según los legisladores que la apoyaron, reforzar la protección frente a ataques dirigidos contra comunidades en espacios sensibles.En paralelo, la legislación mantiene la posibilidad de presentar circunstancias atenuantes que reduzcan la pena. Estas incluyen:La ausencia de antecedentes del acusado.La influencia de una alteración mental o emocional al momento del crimen.La participación secundaria en el hecho.La juventud del condenado. La ley permite también que los jueces evalúen cualquier otro factor de la vida personal del acusado que pueda inclinar la balanza hacia una sentencia menos severa.
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Hilda:
Hola ...que bien se escucha !!!! Felicitaciones
Pedrin:
Amiga lo mejor para vos te lo mereces muy linda la radio
Griselda:
Sigan así los felicito siempre con buena onda que lindo es escuchar folklore de antes. Saludos
Olga :
Bendiciones y sigan así, son nuestra compañía de cada mañana
silvia:
chicos muy buena la peña de folclore me hace recordar la infancia, felicitaciones a los dos. Barrio Barracas
Marta:
Muy linda página, felicitaciones. Dios los bendiga
Eze:
Muy linda pagina, buen sonido y música.
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